Resultado de auditorías: Publicación de listado de número y tipo de observaciones, archivo histórico y posibilidad de acceso al documento. El documento debe contener la auditoría, no sólo los resultados globales. Este criterio se aplicará únicamente en caso de que la ley solo señale como información pública de oficio "las auditorías", en caso contrario se evaluará según lo que contemple la ley aplicable.
La evaluación consiste en asignar una puntuación de tres calificaciones posibles: «1» cuando la información está completa y actualizada; «0.5» cuando la información existe pero está incompleta o desactualizada; y, «0» cuando la información no existe.
(El tiempo para descargar los mapas varía de acuerdo a tu conexión de red.)
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